Los gobiernos siguen con el debate (copiadoras)
Las fotocopiadoras pueden sacar copias de otros documentos siempre que se mencione la fuente, ese es un debate que todos los gobiernos han tenido.
Mucha gente se esta preguntando en el mundo si en los países definitivamente se prohibirá sacar copias a los libros y artículos publicados ya que todo ese material es propiedad de los escritores y periodistas. La protección a los derechos de autor esta vigente en muchos países actualmente, y en otros países, las copiadoras pagan un impuesto cuando son vendidas, o sea el cliente cuando compra la fotocopiadora en el precio se incluye un impuesto, por que los gobiernos saben de antemano que la protección a los derechos de autor se violara. Algunos gobiernos detallan las penas existentes como también las excepciones, por ejemplo que se pueden copiar textos, pedagógicos y científicos, siempre y cuando tengan fines educativos y los centros de copiado no reproduzcan esos artículos para su venta masiva. Como si uno quisiera hacerle la competencia a la editorial. Mucha gente esta procurada por que ahora en la mayoría de los centros de copiado importantes, va uno y le dicen que no pueden sacar esas copias, uno les pregunta ¿Por qué? Y ellos están contestando que, por que ellos los multan si no protegen los derechos de autor. Se pueden copiar párrafos hojas inclusive capítulos, pero nunca el libro entero dicen los gobiernos. Los arquitectos, abogados, profesores, saben que se puede copiar partes, pero la controversia, esta en si se puede copiar libros enteros. Las leyes no ponen limites a la cantidad de paginas que se pueden copiar dicen los legisladores, pero si uno quiere copiar el libro entero eso ya es otra cuestión. De acuerdo con muchos gobiernos ya se agregaron a las leyes artículos que indican que se pueden copiar partes pero el libro completo no, lo que dicen algunos gobiernos es que se permite sacar de un libro, una hoja o barias hojas o un articulo del libro por persona pero claramente esta prohibido que el centro de copiado lucre con esos textos. Se puede copiar un capítulo. Todo esto esta permitido con fines personales e incluso autodidactas y pedagógicos, si existe algún daño al autor o no, esto lo tendría que definir un juez, en un tribunal de justicia. La normativa no impide que un ciudadano copie un libro para uso personal y disfrute leyendo, siempre y cuando no lo comercialice, suena un poco contradictorio, pero así es. Los abogados cada uno interpreta esta ley de diferente forma, a eso le llamamos interpretación abierta. Los temas de debate para ellos son ¿Realmente puede una persona fotocopiar un texto si necesidad de asistir a una clase? Una novela es un texto pedagógico si se estudia en una escuela o una universidad. También ¿Cuántos textos causan un daño al autor? La asociación de centros de fotocopiado pide a los diputados aclarar estas dudas. Y entre tanto recomienda cautela a todos los centros de copiado y a las personas que quieran sacar copias de libros o artículos periodísticos, la asociación dice que la fotocopia de un libro esta permitido siempre y cuando no se reproduzca para la venta masiva, pero todos estamos a la espera de lo que digan los legisladores. La asociación se opone a la copia exacta de libros con empaste igual y demás características iguales, pero defiende que si se pueden copiar partes de los libros. Muchos abogados penalistas dicen que esto es verdad que los gobiernos y que la ley permite copiar partes de los libros, pero el libro entero no. La ley busca proteger el derecho de autor, y dicen los legisladores que el derecho educativo es una excepción. Me parece que permitir reproducir el libro entero esta mal y perjudica a los autores. Muchos abogados dicen que es mejor no reproducir libros enteros, so lo ciertas hojas pero el numero de hojas estamos en espera de que los legisladores lo dictaminen. En muchos países se han añadido párrafos a las leyes como este, y se consideran estos párrafos como una reforma puntual.
Se puede copiar y reproducir, un articulo o libro, pero no completamente en la medida justificada por el fin perseguido, para la enseñanza por medio de publicaciones tales como párrafos, de libros o capítulos, emisiones de radio o grabaciones sonoras o visuales, esa utilización tiene que ser conforme a usos honrados y claramente estemos mencionando la fuente de donde se saco la información, también el nombre de el autor. Fuente Asamblea legislativa.
I piensas que este articulo puede ser de ayuda para una persona que conoces cópialo y reenvíaselo.
http://www.copiadorasfandis.com
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