Dividendos: Conceptos básicos
¿Qué son los dividendos? Los dividendos son la parte del beneficio obtenido por una sociedad mercantil que se reparte entre los socios de la misma.
¿Quién tiene derecho a cobrar dividendos de una compañía? Toda persona que posea acciones de una compañía el día antes de que se repartan dividendos tendrá derecho a cobrar. Es decir si la compañía X reparte dividendos el día 15 del mes en curso bastará con tener acciones de la compañía al cierre de la sesión del día 14.
¿Cuándo se reparten los dividendos? No hay un calendario establecido, la fecha y cantidad del dividendo se deciden en la Junta General de Accionistas de cada compañía, es decir, son los propios socios los que deciden cuando se paga el dividendo. Sin embargo, las compañías cotizadas suelen respetar ciertas fechas y periodicidades, pero estas no están en ningún caso garantizadas. Hay compañías que no reparten dividendo, otras que lo hacen una vez al año y otras varias veces, como por ejemplo cada cuatrimestre.
¿Qué tipos de dividendos hay? Existen dos tipos de dividendos:
Ordinarios, que se refieren a los beneficios de un ejercicio y se expresan como "dividendo a cuenta del ejercicio X". Extraordinarios, que no tienen relación con las cuentas del ejercicio sino con algún hecho extraordinario, como puede ser la venta de las acciones de alguna sociedad participada.¿Cómo se pagan los dividendos?
En efectivo: ingreso en la cuenta bancaria del accionista. En acciones: el accionista recibe nuevas acciones de la compañía. En activos: son inusuales y consisten en el reparto de activos propiedad de la empresa entre sus accionistas.¿Cómo tributan los dividendos? Las rentas de capital mobiliario o rentas de capital a secas, se fiscalizan de forma que hasta 6.000 euros las ganancias obtenidas tributan a un 19% y a partir de esa cantidad el porcentaje se eleva al 21%. Los dividendos suponen una excepción a esta norma. La fiscalidad de los dividendos difiere para fomentar la inversión a largo plazo del contribuyente y, sobre todo, primar a los pequeños inversores. De esta forma, el capital obtenido vía dividendos está exento de tributar hasta 1.500 euros. Quienes superen esa cantidad sí deberán tributar las ganancias obtenidas por medio de dividendos según los márgenes anteriormente comentados. Además, esta exención no opera ni para las sociedades de inversión colectiva ni para los dividendos correspondientes a acciones adquiridas dentro de los dos meses anteriores al cobro de dividendos si en los dos meses posteriores se venden esas acciones.
Puede consultar un histórico de los dividendos para varios índices en: Proximos Dividendos






































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