Requisitos para un matrimonio civil
A la hora de querer realizar una boda civil, se deben tener en cuenta, que se tiene que cumplir unos determinados requisitos para poder realizar este tipo de uniones; es decir se deben cumplir unos requisitos para un matrimonio civil y luego de esto se podrá dar comienzo a los trámites que configuraran la unión del matrimonio.
Dando desarrollo al tema de los requisitos para un matrimonio civil, de una vista general; lo primero que se debe llevar a cabo es tomar un formulario o impreso del juzgado de familia en el cual se desea llevar a cabo el matrimonio civil; en este formulario se pedirá cierta información personal, de tal forma se debe de llenar.
Luego de lo anterior, se debe presentar tal impreso o formulario acompañado de los registros civiles o partidas de nacimiento de ambos ante el juzgado - en caso de nacionales el registro civil tiene un término de vigencia de 30 días y para extranjeros tiene un término de 90 días-; se debe especificar que tal registro es para matrimonio. Igualmente se debe adjuntar copia del documento de identidad o pasaporte en caso de ser extranjero; en ambos casos debe ser copia autenticada.
Los anteriores documentos deben estar acompañados del certificado de empadronamiento, ademas de una declaración judicial del estado civil que tienen ambos contrayentes.
Puede ser que por diversas situaciones en la vida de los futuros contrayentes, sea necesario cumplir con ciertos requisitos especiales para la realización del matrimonio civil, tales como:
• En caso de que alguno de los novios o ambos sean viudos, deben presentar el certificado de fallecimiento de su cónyuge anterior, como un medio para sustentar su estado civil y la no existencia del vínculo matrimonial con la persona fallecida.
• En los eventos en los cuales uno o ambos contrayentes, sean divorciados; es necesario presentar el documento que acredite la terminación del matrimonio anterior o el acta de divorcio misma.
• Cuando dentro de la pareja hay alguien extranjero, se debe presentar un certificado dado por inscripción consular; pero si se tiene nacionalidad del país en el cual se desea realizar el matrimonio civil o se tiene la doble nacionalidad, no será necesario presentar el certificado de inscripción consular.
• Se deberá agregar una dispensa judicial, en aquellos casos en los cuales uno de los componentes de la pareja sea menor de edad, para que el matrimonio civil sea valido. Puede presentarse la situación, de que a pesar de que uno de los contrayentes sea menor de edad, pero esta entre los 16 y 18 años y se encuentra en emancipación familiar – es decir, que tiene un sustento propio- no será necesario la presentación de la dispensa judicial, para que sea puede realizar el matrimonio civil; puesto que para los efectos civiles que se desprenden del matrimonio, se ve como si se tratara de una persona mayor de edad.
Todos los anteriores documentos, en caso de ser necesarios, deben presentarse en el registro correspondiente, para que luego el juez otorgue la autorización para el matrimonio civil.

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