Responsabilidad hipotecaria
Dentro de los denominados prestamos hipotecarios y por tanto de la hipoteca, se puede encontrar la figura de la responsabilidad hipotecaria, la cual hace referencia a una cifra de dinero que se encuentra representada principalmente en euros y que se ubica dentro de la escritura publica del préstamo hipotecario.
La denominada responsabilidad hipotecaria será entonces la cantidad máxima de dinero por la cual responderá el deudor hipotecario en caso de que no realice la cancelación del mismo, es decir por el impago del préstamo hipotecario.
La responsabilidad hipotecaria estará entonces establecida desde la misma realización de la escritura que representa la hipoteca, acción que se puede ver desde la perspectiva de una garantía o previsión que ponen en marcha las entidades financieras para no dejar nada al azar y así tener hasta el ultimo detalle del préstamo hipotecario bajo unas condiciones de control y garantía. De tal forma al tener previsto hasta el último detalle dentro del préstamo hipotecario, uno de los más importantes serán los eventos en los cuales en los cuales no se del pago del mismo, lo que dará paso a la responsabilidad hipotecaria.
Dentro del evento que supone la responsabilidad hipotecaria y todo lo que hace que esta se genere, se presentan una serie de acciones que realizan las mismas entidades financieras y bancarias, direccionadas a la realización de unos trámites y aspectos de carácter legal, lo cual se realiza antes de dar paso a ejecutar la hipoteca y su posterior embargo; entre estas acciones se pueden presentar:
• Por lo general se espera un tiempo después de la concurrencia del impago, de lo cual se deriva a favor de las entidades bancarias unos intereses por el impago del préstamo hipotecario.
• Luego del paso de un tiempo prudencial donde se generan unos intereses, las entidades bancarias ponen en marcha diferentes acciones y tramites judiciales, de los cuales se generan uno gastos de abogados, diferentes costos de papeles y documentos que requieren de ciertas condiciones formales, tambien procuradores y otras cosas que sugieren más dinero por gastos.
• Todos estos tramites judiciales se dan en un largo transcurso de tiempo, a lo que se le agrega el tiempo que paso mientras se genera la sentencia en firme que da paso al embargo; así todo este paso de tiempo significa la generación de mas intereses.
La suma de todos estos intereses, gastos están calculados por las entidades bancarias, en lo que se conoce como la responsabilidad hipotecaria; de otro modo se puede decir que la responsabilidad hipotecaria consta de:
• La cantidad de dinero que fue prestada por el banco para la adquisición de una casa, sujeto que se convirtió en deudor hipotecario en razón de la cantidad de dinero que supone el préstamo hipotecario, y;
• Todos los gastos judiciales, en trámites y documentos, junto con todos los intereses que se acumularon con el paso del tiempo y por la falta de pago de la hipoteca.
Las entidades financieras y bancarias suelen representar este importe total que significa la responsabilidad hipotecaria por medio de un porcentaje sobre la cantidad original de la hipoteca.

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