Letra de cambio
El crédito tiene muchas manifestacion dentro de las sociedades, ya sean por desarrollo de la actividad financiera o por otras manifestaciones de la actividad comercial, a modo de muestra se puede mencionar el concepto de letra de cambio que como un titulo de crédito, refiere al pago de un valor en un determinado momento, lugar y a cierta persona.
La letra de cambio será entonces un titulo valor, entendido como una orden escrita, la cual se extiende por una persona que se denomina librador, dirigiendo la obligación hacia otra que se denominara librado, la cual recogerá la obligación de pago aceptada, donde la cantidad de dinero se encuentran determinada en la misma letra de cambio, lo que deberá realizar al momento del vencimiento de la fecha estipulada en la misma letra de cambio.
Como se puede ver la figura de la letra de cambio es un tema muy importante y que implica diferentes acciones, entendidas como derechos y obligaciones de una u otra parte, por lo cual debe estar regulada en diferentes disposiciones legales que ayuden a entender mejor el contenido de la letra de cambio y las medidas que se deben tomar en relación a esta; principalmente la regulación de las letras de cambio se encuentra dispuesta en los códigos de comercio o legislación comercial que puede presentar variaciones de país en país.
En términos generales la letra de cambio, junto con otros documentos como el pagare, representan documentos de crédito que conforman parte del grupo de los medios y efectos que pueden surgir a la hora de cobrar o pagar, lo que dependerá de la transacción realizada.
La letra de cambio se puede entender como un giro, en la medida de que esta contiene una promesa o una obligación de pagar cierta cantidad de dinero, así el librador manda a la realización del pago a su orden o a nombre del tomador por parte del librado.
Dentro de la letra de cambio se presenta la intervención de ciertos sujetos o partes, que son:
• El librador, quien es la persona que pide la realización de la orden de pago, de tal forma tiene una de las figuras principales dentro de la letra de cambio y por ser quien realiza la letra de cambio y solicita el pago, debe agregar en la letra de cambio las diferentes condiciones especificas del documento, ademas de agregar la firma.
• El librado, es la persona a quien se le da la orden, es decir la que debe pagar la sumade dinero atendiendo a las condiciones puestas en el documentó de crédito, de tal forma seria el destinatario de la orden de pago que realizo el librador, dentro de la letra de pago debe estar escrito el nombre de esta persona.
• El beneficiario o tomador, es a quien se debe realizar el pago de la suma de dinero estipulada por el librador, en ciertas legislaciones se exige que se anote el nombre de la persona que tendrá esta calidad, sin embargo en otras puede darse una letra al portador.
• El fiador, es la persona que actúa como garante de la realización del pago de la orden que esta en la letra de cambio.

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