Legislación Actual De Las Casas De Empeño
En la actualidad las casas de empeño son instituciones de Asistencia Privada o AP. Como toda institución, sus actividades deben ser normadas por la un ley que regule sus funciones. En el caso de las instituciones AP, existe una ley federal que las rige desde el año de 1943, sufriendo cambios por abrogación, es decir por revocación de algunas normas, en 1998. Es por esta razón que en las últimas fechas se ha actualizado la legislación para dichas instituciones.
De acuerdo a la ley que nos rige en la actualidad, las Instituciones AP seclasifican en Fundaciones, y Asociaciones. Tal clasificación es establecida con base en dos criterios: Primero, el que refiere a su duración y propósitos; y, Segundo, el que refiere al momento de su constitución y la forma de creación de su patrimonio. Es éste último criterio es el que aplica a las fundaciones y asociaciones.
Así, las Instituciones AP pueden ser las denominadas fundaciones o asociaciones. De esta forma, se entiende que una Fundación se puede conformar por las personas morales que se constituyan, en los términos de la Ley, por medio de la afectación de bienes de propiedad privada destinados a la realización de actos de asistencia social. En el caso de las Asociaciones, se comprende que son las personas morales cuyos miembros aporten cuotas periódicas o recauden donativos para el sostenimiento de laInstitución, sin perjuicio de que pueda pactarse que los miembros contribuyan además con servicios personales. De igual manera y con base en la Ley, las Instituciones de Asistencia Privada pueden ser constituidas en vida de los fundadores o por testamento.
En la actualidad sólo 22 estados de la República cuentan con su propia legislación. Sin embargo, son sólo algunas leyes las definen a las Instituciones de Asistencia Privada como “entidades con personalidad jurídica y patrimonio propio, sin propósito de lucro que, con bienes de propiedad particular ejecutan actos de asistencia social sin designar individualmente a los beneficiarios”. Por otro lado, algunas otras legislaciones las definen en términos generales como “instituciones que por voluntad de los particulares, sin propósito de lucro, a favor de individuos o de la sociedad, se constituyan con elsiguiente objeto: Ayudar al débil o al marginado; y/o Promover la superación del hombre, independientemente de su condición económica o social; y/o, Coadyuvar al mejoramiento de las condiciones de la comunidad y/ del medio ambiente”.
Registro automático