Obligaciones de las AFP con sus afiliados: cómo seleccionar Portafolios y garantizar la Rentabilidad Mínima

Obligaciones de las AFP con sus afiliados: cómo seleccionar Portafolios y garantizar la Rentabilidad Mínima

Más de una vez seguramente habrá usted oído hablar de las AFP, aunque en ocasiones mucha gente no sabe a ciencia cierta para qué han sido creadas y cómo le pueden ayudar en su caso particular como afiliado a ellas. Las  Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tienen una gran responsabilidad  frente a sus afiliados respecto a brindar la  más completa orientación e información sobre el nuevo esquema de los Multifondos de Pensiones, así como en la prestación de la mejor asesoría  para la adecuada y conveniente selección  entre los distintos portafolios de pensión ofrecidos, con el fin de buscar la mejor rentabilidad  posible  y contribuir así  a la efectiva protección del ahorro pensional.

En cuanto a la rentabilidad mínima, en armonía con estas directrices  y siguiendo los lineamientos constitucionales y  los parámetros  legales  trazados en el artículo 101 de la Ley  100 de 1993 y normas reglamentarias, el Gobierno Nacional ha establecido la metodología para el cálculo de la rentabilidad mínima que deberán garantizar las sociedades Administradoras de Fondos de  Pensiones a  sus afiliados a los distintos  tipos de Fondos de Pensiones Obligatorias del esquema de Multifondos, de acuerdo a los componentes de referencia establecidos, así como a  los periodos  aplicables a su cálculo y verificación. Todo ello con el fin de que los rendimientos del portafolio  invertido  no sean inferiores a  la tasa del mercado, definida teniendo en cuenta  los parámetros determinados por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia, como entidad de vigilancia y control, a través de instrucciones de carácter general, definir los criterios metodológicos para la composición del Componente de Referencia  y divulgar amplia y oportunamente  la composición del portafolio de referencia, sus  cambios y ajustes  a las condiciones del mercado.

Es importante observar que en los casos en los cuales no se alcance  la rentabilidad mínima en los distintos portafolios de inversión  o Multifondos de Pensiones, las entidades Administradoras  del Régimen de Ahorro Individual del sistema de Pensiones, deberán  responder con sus propios recursos, es decir con  sus reservas de estabilización de rendimientos.

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