La reforma de la Jubilación

La reforma de la Jubilación

<h1 align="justify"><strong>La Reforma de las Pensiones</strong></h1><p align="justify">Dado el cariz de la crisis que se ha producido, el gobierno ha comenzado a realizar<strong> una reforma de las pensiones</strong> que comentamos en este articulo </p><p align="justify">El 28 de Enero del 2011, se consiguieron los apoyos necesario y el Consejo de Ministros aprob&oacute; el anteproyecto de ley de la reforma de las pensiones dando un recorte sustancial al sistema de pensiones, justificado en la crisis actual y la sostenibilidad del sistema <br /></p><h2 align="justify">Los Beneficiarios <strong>J&oacute;venes, Becarios, Madres y Autonomos. </strong></h2><p align="justify">Como con las noticias es siempre mejor dar las buenas noticias antes y como todo no va a ser malo, algunos colectivos se beneficiaran de esta reforma. </p><p align="justify">Los becarios esuna figura muy com&uacute;n en los trabajos de los jovenes universitarios que reciben remuneraciones de una beca, (de ah&iacute; su nombre). En el anterior sistema, eran muy perjudicados al no contar este tiempo laboral para la pensi&oacute;n, sin embargo en la nueva reforma se cuenta este periodo como cotizado hasta 2 a&ntilde;os m&aacute;ximo y con un retroactivo para los que los &uacute;ltimos 4 a&ntilde;os han sido becarios. </p><p align="justify">Las madres trabajadoras tambi&eacute;n podr&aacute;n a&ntilde;adir hasta 2 a&ntilde;os de cotizaci&oacute;n a su vida laboral con 9 meses por hijo, sin embargo deber&aacute;n haber trabajado antes de tener los hijos </p><p align="justify">Como se comenta despues, el &uacute;ltimo de los beneficiarios ser&aacute;n los trabajadores aut&oacute;nomos a los se le reconocera el derecho a la jubilaci&oacute;n anticipada en los t&eacute;rminos generales de otros trabajadores. </p><h2 align="justify"><strong>El fin de las Mutalidades </strong></h2><p align="justify">Aunque esta reforma fue anterior, la comentamos aqu&iacute; ya que tambi&eacute;n da comienzo en el 2011. Desde hace bastante tiempo, los funcionarios p&uacute;blicos del estado cotizaban en una Seguridad social paralela, esto se ha ido recortando eliminado cada vez m&aacute;s eliminando a los funcionarios autonomicos, de diputaciones y por sectores ... el golpe final de estas mutualidades se le ha dado este a&ntilde;o al conseguir que los Funcionarios de nuevo ingreso no entre en este sistema, el decreto y otras informaciones vienen detalladas en este articulo adicional:<a href="http://www.jubilacion.org.es/jubilacion-funcionarios/funcionarios-de-nuevo-ingreso-2011-no-estaran-en-muface.php"> El fin de muface </a></p><!-- goog --><h2 align="justify">Agencia &Uacute;nica de la Seguridad Social.</h2><p align="justify">Antes la Seguridad social era gestionada por una serie de agentes dentro del ministerio de econom&iacute;a de forma m&aacute;s o menos dependiente, En La actualidad se realiza un cambio y  se crea una agencia &uacute;nica, La Agencia &Uacute;nica de la Seguridad Social.</p><h2 align="justify">Reforma de los A&ntilde;os m&iacute;nimos a Cotizar para acceder a la Pensi&oacute;n Contributiva</h2><p align="justify">En esta reforma no se modifican los A&ntilde;os para Cotizar y Acceder a la Pensi&oacute;n Contributiva quedando en 15 a&ntilde;os, otorgando derecho a cobrar el 50% de la pensi&oacute;n.</p><h2 align="justify"><img src="http://www.jubilacion.org.es/fotos-jubilacion/familia034.jpg" alt="disfrutando de la jubilacion" width="216" height="144" hspace="5" vspace="5" align="right" />Reforma de la nueva Edad de jubilarse:</h2><p align="justify"> La edad de jubilaci&oacute;n aumenta y esta pasa de los 65 a los 67 a&ntilde;os de forma general sin embargo esto se hara gradualmente a partir del 2013 hasta 2027.</p><p align="justify">Adicionalmente, existir&aacute;n excepciones para trabajadores con extensas carreras profesionales o oficios penosos y peligrosos como en la actualidad <a href="http://www.jubilacion.org.es/jubilacion-especial/index.php">la jubilaci&oacute;n especial</a></p><p align="justify">Los trabajadores podr&aacute;n seguir jubil&aacute;ndose a los 65 a&ntilde;os y mantener la pensi&oacute;n completa en caso de haber cotizado 38 a&ntilde;os y medio como m&iacute;nimo.</p><p align="justify">Uno de los beneficiarios son los trabajadores aut&oacute;nomos a los se le reconocera el derecho a la jubilaci&oacute;n anticipada en los t&eacute;rminos generales. </p><p align="justify"><img src="http://www.jubilacion.org.es/fotos-jubilacion/familia0372.jpg" alt="hombre jubilado" width="200" height="196" hspace="10" align="right" />En Resumen un trabajador podr&aacute; jubilarse con esta edad cobrando la totalidad de la pensi&oacute;n, siempre que haya cotizado a la Seguridad Social un periodo m&iacute;nimo de 37 a&ntilde;os. Por lo tanto, la llamada edad legal de jubilaci&oacute;n pasa de 65 a 67 a&ntilde;os y la obligaci&oacute;n de cotizaci&oacute;n para obtener toda la pensi&oacute;n pasa de 35 a 37 a&ntilde;os.</p><h2 align="justify">Reforma base cotizaci&oacute;n de la Pensi&oacute;n. </h2><p align="justify"> La base de la La base de cotizaci&oacute;n se amplia desde los  &uacute;ltimos 15 a&ntilde;os que hay actualmente a los 20 a&ntilde;os y a 25 a&ntilde;os, esto en definitiva una bajada de las pensiones futuras ya que el el principio profesional se cobra bastante menos en al final. </p><h2 align="justify"    > Reforma de los A&ntilde;os Requeridos para Cotizar, Cobrar el Total de la Pensi&oacute;n</h2><p align="justify"    > Con la cantinela de la mantenibilidad del sistema tambi&eacute;n se aumentan los a&ntilde;os necesarios para cotizar la pensi&oacute;n completa de 35 a&ntilde;os hasta los 37 a&ntilde;os eso si como la medida de la edad de jubilaci&oacute;n se har&aacute; gradualmente. </p><p align="justify">Esto ser&aacute; dif&iacute;cil de lograr que que haciendo un ejemplo, un estudiante superior que acaba sus estudios a los 25 a&ntilde;os y no encuentra trabajo estable aproximadamente  hasta los 29 a&ntilde;os as&iacute; sin tener ning&uacute;n problema de paros temporales deber&iacute;a estar hasta los 29+37 = 66 a&ntilde;os.</p><p align="justify">Sin embargo la gente que consiga trabajar m&aacute;s a&ntilde;os de 37 podr&aacute; jubilarse antes con la pensi&oacute;n integra. </p><h2 align="justify">Reforma de  la Jubilaci&oacute;n Anticipada.</h2><p align="justify"> La <a href="http://www.jubilacion.org.es/jubilacion-anticipada/index.php">jubilaci&oacute;n anticipada</a> ser&aacute; cada vez m&aacute;s dif&iacute;cil pero posible en algunas excepciones como las siguientes .</p><p align="justify">Aparece la jubilaci&oacute;n a los 61 para casos de crisis empresariales (esto puede ser un poco sospechoso) ya que si una empresa despide trabajadores y estos permanecen en el paro por al menos 6 meses acceder&aacute;n a la jubilaci&oacute;n anticipada.</p><p align="justify">Para los funcionarios mutualistas, La jubilaci&oacute;n LOE premiada desaparece, pero sigue quedando la anterior que debe de tener al menos 35 a&ntilde;os de servicio.</p><p align="justify">Se mantendr&aacute; la jubilaci&oacute;n anticipada a los 63 a&ntilde;os pero como en las anteriores opciones de jubilaci&oacute;n, tendr&aacute; reducciones entre 6% y el 7,5% de la base de cotizaci&oacute;n luego la pensi&oacute;n ser&aacute; menor.  <!-- goog --></p>

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