Según lo establece el Sistema de Administración Tributaria de México, a partir del 1 de enero de 2011, todas las pequeñas y medianas empresas que obtengan ingresos acumulables por encima de cuatro millones de pesos al año deben expedir facturas electrónicas. Además se aclaró que los contribuyentes con ingresos menores de cuatro millones de pesos al año pueden expedir comprobantes impresos con código de barras.
Para que las estas empresas puedan facturar electrónicamente o tengan la facultad de expedir comprobantes impresos con código de barras, es necesario que cuenten con la Firma Electrónica Avanzada, la cual debe ser tramitada ante el mismo Sistema de Administración Tributaria. Para el primer trimestre de este año, el brazo fiscalizador de la Secretaría de Hacienda contaba con más de 200 mil contribuyentes que habían solicitado folios con su respectivo Código de Barras. La autoridad fiscal planteó que después van a tener que obtener mediante la página electrónica, el certificado de sello digital, con el cual se va a poder generar el archivo electrónico mediante un sistema informático que sea propio o de una persona tercera. Este archivo, debe de ser enviado a un Proveedor Autorizado de Certificación, el cual validará el cumplimiento de requisitos, asignará el folio e incorporará el sello digital del Sistema de Administración Tributaria.
A. Verástegui
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