TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE PASAPORTES Y VISAS.

TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE PASAPORTES Y VISAS.

PASAPORTE

¿Qué es el Pasaporte?

El Pasaporte es un documento de viaje y de identidad (no lo es ni de ciudadanía ni de residencia ni

sustituye al certificado de estado civil) al cual tiene derecho el ciudadano para salir del territorio

de la República o para reingresar a éste.

¿Cual es la validez de un Pasaporte?

Por lo general el pasaporte ordinario tiene validez “para todos los Países cuyos Gobiernos están

reconocidos por el Gobierno italiano” y por un período de cinco años. Puede ser renovado - aún antes de

su vencimiento y dentro de los seis meses sucesivos a éste - por otro período de cinco años.

Transcurridos diez años desde la fecha de su emisión, el pasaporte no podrá ser renovado. En los caso

de repatriación consular puede ser emitido solamente para efectuar dicho viaje. Para los ciudadanos de

sexo masculino comprendidos entre los 17 y los 45 años sujetos al cumplimiento del servicio militar es

necesario que regularicen su situación militar. Para los solicitantes que tengan hijos menores es

necesario el consentimiento del otro cónyuge.

¿QUE DOCUMENTACION SE DEBE PRESENTAR PARA SOLICITAR LA EMISIÓN/RENOVACIÓN DEL PASAPORTE?

SE RECUERDA QUE CADA SOLICITANTE DEL PASAPORTE DEBERÁ ESTAR INSCRITO EN LOS REGISTROS DEL A.I.R.E.

(ANAGRAFE ITALIANI RESIDENTI ALL’ESTERO)

Para los ciudadanos que no sean residentes la emisión/revalida del pasaporte está subordinada a la

realización de un iter administrativo que puede significar una demora en el trámite cuyos tiempos no

pueden establecerse de antemano

Para la emisión/revalida de un pasaporte italiano, el solicitante deberá presentar la documentación que

acredite que efectivamente posee la ciudadanía italiana. Los nacidos en Argentina o en otro País que no

fuera Italia, pueden solicitar el pasaporte solamente cuando el expediente para la obtención de la

ciudadanía italiana estuviera concluído.

La solicitud deberá redactarse en el formulario correspondiente y firmarse ante el Funcionario

consular. A la misma se deberá adjuntar la siguiente documentación:

- eventual pasaporte italiano anterior;

- 2 fotografías de frente, de cm. 4 x 4;

- partida de matrimonio (si no se hubiera presentado con anterioridad) cuya fecha de emisión no podrá

superar los 6 meses. Si la partida no fuera emitida por una Autoridad italiana, deberá ser traducida al

idioma italiano. En todos los casos deberá presentarse el original.

ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN ANTES INDICADA, DEBERÁ PRESENTARSE LO SIGUIENTE:

A) PARA QUIENES HAYAN NACIDO EN ITALIA - Partida de nacimiento (original);

- D.N.I. para extranjeros (original y fotocopia); en su defecto podrán presentar la Certificación de la

Cámara Nacional Electoral (25 de Mayo nº 245, 1002 Capital Federal) en la que deberá constar la no

opción por la ciudadanía argentina. Dicha certificación deberá tener una fecha posterior al 16.08.1992.

Se deberá presentar asimismo un documento de identidad en curso de validez en original y fotocopia.

- certificado de domicilio actualizado.

B) PARA QUIENES HAYAN NACIDO EN LA ARGENTINA:

- D.N.I. con domicilio actualizado (original y fotocopia); certificado de domicilio actualizado.

LOS CONNACIONALES EN TRANSITO O TEMPORÁNEAMENTE RESIDENTES EN LA ARGENTINA deberán presentar el

pasaporte vencido que será revalidado solamente cuando las Autoridades italianas que lo hubieran

otorgado, envíen la debida autorización (“Nulla Osta”).

ADVERTENCIAS:

- Si el solicitante tuviera hijos menores de 18 años, es necesario el consentimiento del otro

progenitor;

- para poder inscribir en el pasaporte a hijos menores de 16 años (Punto A de la solicitud), es

necesario el consentimiento del otro progenitor y deberá adjuntarse el documento de identidad de los

menores (original y fotocopia). Se hace presente que a partir de los 10 años de edad, es necesario

adjuntar 2 fotografías recientes de los menores.

- la solicitud de emisión/revalida de pasaporte para los hijos menores deberá ser firmada por ambos

padres en presencia del Funcionario consular;

- el ciudadano varón, antes de solicitar el pasaporte, deberá tener regularizada la situación militar

con respecto a Italia; tal obligación inicia el 1º de Enero del año en que cumple los 18 años y se

extiende hasta el cumplimiento de los 45 años de edad;

- en caso de extravío o hurto del pasaporte se deberá presentar la correspondiente denuncia policial

donde constará la Autoridad italiana que otorgó el pasaporte extraviado o hurtado. En los posible

deberán estar indicados en ella el número y la fecha de emisión del mismo.

VISAS

Los ciudadanos argentinos no tienen obligación de obtener visa para estadías por motivos de turismo no

superiores a 90 días.

La Visa es necesaria por motivos de estudio – trabajo – reagrupación familiar u otra razón conexa a

establecer la residencia y, en particular, para el ingreso en Italia de menores adoptados.

Artículo gentileza de:

Ciudadanía Express Tramitación y adquisición de ciudadanías europeas.

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